Justo Caso Rapiña se encuentra cumpliendo condena en el Centro penitenciario de Toas (Salamanca). Por interés del tratamiento, el Director de Centro penitenciario acuerda la restricción de las comunicaciones orales con dos de sus familiares. Justo, considerando que se están lesionando sus derechos fundamentales, se dirige al Defensor del Pueblo enviándole una carta en sobre cerrado. Cuando el funcionario de comunicaciones ve la carta de Justo dirigida al Defensor del Pueblo deja registrada en el Libro correspondiente y se la lleva inmediatamente al Director, recordándole que dos días antes le han sido restringidas las comunicaciones orales. El Director acuerda que se abra el sobre, y en caso de que se trate de una queja, se informe sobre la anterior actuación al centro penitenciario respecto a Justo, y se adjunten los documentos en los que se motiva la restricción de comunicaciones.
Una vez que se recibe en la sede del Defensor de Pueblo la carta Justo Caso Rapiña, en la que efectivamente se interpone una queja contra el Director, y se observa que el sobre ha sido abierto e incluidas informaciones y documentos, el Defensor del Pueblo ordena a uno de sus Adjuntos visite a la mayor brevedad posible el Centro penitenciario e investigue todo lo referente al interno y a la actuación del Director con la restricción de las comunicaciones de Justo y la apertura del sobre en cuestión. Llega el Adjunto segundo al Centro penitenciario a las 21:30 horas, solicitando del Jefe de servicios, máximo jefe en esos momentos en el Centro penitenciario, que desea ver el expediente personal de Justo Caso Rapiña y su protocolo. El Jefe de servicios le informa de que le facilitará la revisión del expediente personal de Justo , pero los protocolos los guarda el Subdirector de tratamiento en su despacho bajo llave, porque considera que tiene información reservada y por lo tanto no podrá revisarlo. Insiste el Adjunto en que también desea ver el protocolo del penado, por lo que debería de llamar al Subdirector de tratamiento, diciéndole el Jefe de servicios que parece ser que se ha olvidado la hora que es y de los horarios de los funcionarios. le advierte el Adjunto que puede incurrir en responsabilidad si no le permite el acceso al protocolo, a lo que el Jefe de servicios responde con una actitud hostil diciéndole que tendrá que esperar a la mañana del días siguiente.
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