En un procedimiento de selección universitaria, un candidato solicitó tener acceso a la documentación presentada por otros aspirantes. Dicha solicitud la fundamentaba en la necesidad de considerar la posibilidad de presentar o no un recurso frente al resultado del proceso selectivo, es decir en su derecho de defensa. La universidad denegó el acceso, entre otras cosas, porque se trataba de trabajos originales cuya copia no aportarían información útil al posible recurrente y que, por el contrario, suponía riesgos de apropiación o del mal uso de los mismo y de los que eventualmente sería responsable la Universidad por facilitaros al solicitante.
Con posterioridad la Universidad admitió la posibilidad de que el interesado accediera al expediente, pero debía examinarlo en un habitación habilitada al efecto en la Universidad bajo la supervisión de un funcionario.
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