SUPUESTO NÚMERO 3 (AÑO 1997)

Dictado el Auto de conclusión del Sumario, seguido únicamente contra JFF por la comisión de un delito grave, se recoge la petición del Ministerio Fiscal que estimó conveniente solicitar el sobreseimiento de la causa al no haber motivos suficientes para formular acusación contra JFF según lo establecido en el artículo 641 de la LECrim no obstante resultar del sumario la perpetración del delito. La acusación particular presente en este procedimiento mantuvo, en el citado trámite procesal, la solicitud de apertura del Juicio Oral por entender que existen numerosos elementos que permiten la calificación de los hechos como constitutivos de delito, así como tener por acreditada la participación de JFF en calidad de autor de los hechos a él imputados. 

La Audiencia Provincial del Juicio, el Presidente del Tribunal declara la improcedencia de algunas preguntas que formula la acusación particular a un testigo por ella propuesto. Al considerar dicha parte de importancia de las preguntas para el resultado del juicio, hace constar la correspondiente protesta consignando el Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal a la letra en el Acta de preguntas que el Presidente prohibió contestar. 

Finalizado el Juicio Oral, el Tribunal dictando sentencia absolutoria, dejando libre de todos los cargos a JFF.