SUPUESTO Nº 8. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

Santiago, mayor de edad, sin antecedentes penales, en la fecha de los hechos el acusado trabajaba como empleado laboral en la oficina de correo de Toledo, llevando a cabo las funciones de reparto de correspondencia como cartero, teniendo, como consecuencia de su trabajo, la obligación de custodiar la correspondencia y entregarla a sus destinatarios.

El día 16 de julio de 2009, se produjo desahucio, ordenado por el Juzgado de Instrucción 2 de Alicante. Efectuaron entrada en el domicilio en que vivía de alquiler el acusado, y respecto del que se acordó el desahucio: la oficial del juzgado, la oficial de la procuradora y el abogado del propietario de la vivienda.

Tras entrada en el domicilio se encontraron:

  • Un total de 541 cartas sin repartir, 138 de ellas abiertas, habiendo accedido el acusado a su contenido, secreto, sin el permiso previo de sus destinatarios y que contenían facturas, extractos bancarios, curriculum vitae, entre otros. Esta correspondencia de la que se apoderó el acusado tiene fecha de entre el 10 de noviembre de 2006 y el 20 de mayo de 2009 y todas ellas con dirección de Alicante.
  • También se encontraron avisos de llegada M4 de certificados rellenados en sus epígrafes manualmente con la letra del acusado.

Conteste a las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 7. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

Raquel, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 12.51 horas del día 23 de septiembre de 2015 interpuso una denuncia en la comisaria de la policía nacional de Sevilla, manifestando haber sido víctima de un delito de robo con violencia por el método del tirón, sobre las 10:30 horas del mismo día en la calle Pompillo, afirmando que un individuo varón se le acercó por la espalda de un tirón le sustrajo el bolso que portaba en el hombre y en el que llevaba un móvil de 1oo euros y un abanico.

Habiéndose instruido como consecuencia de la denuncia diligencias policiales y dando lugar a la incoacción de diligencias previas ante el Juzgado de Instrucción nº 10 de Sevilla por Auto de fecha 30.09.2015 acordó su sobreseimiento provisional.

En la tarde del mismo día 30 de septiembre de 2.015, la acusada fue citada a declarar en comisaría a fin de proceder a concretar las circunstancias y poder identificar al autor, siendo que la misma finalmente reconoció ante la policía la falsedad de los hechos que había denunciado, expresando que su principal motivación había sido cobrar la indemnización del seguro por robo, que finalmente ni tan siquiera intentó, estando arrepentida por haber procedido así.

Conteste a las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 6. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

José Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, en fechas no determinadas pero anteriores al día 10 de abril de 2015, procedió a «colgar» en su muro de la red social de Facebook, operando bajo el nick Tronero, un vídeo de alto contenido antisemita.

En el vídeo titulado «Asesina a los judíos», de contenido musical para así atraer a personas jóvenes y con la letra en inglés, que hace más sencilla su distribución y comprensión por las redes sociales, aparecen unas mujeres que incitan a la violencia contra las personas de religión judía y contra el Estado de Israel, diciendo reiteradamente, «mata, mata a los judíos», arrancado la cabeza a un muñeco vestido de judío ortodoxo, al que también simulan clavar de forma reiterada un cuchillo.

En el citado vídeo se incluye la imagen de tres mejores judíos que fueron primeramente secuestrados y luego asesinados, bajo la rúbrica » tres judíos aniquilados», así como la imagen de una familia que se identifica como «sionista aniquilada».

El citado vídeo estaba publicado sin ningún tipo de restricciones para facilitar su reproducción teniendo el mismo carácter público, como también el perfil del acusado.

Conteste a las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 5. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

El día 20 de julio de 2010 Raúl se personó en las dependencias de la Policía Municipal de Murcia para denunciar unos daños producidos en el trastero de su propiedad, pues le habían cambiado la cerradura, precisando que del interior le faltaba algún objeto de poco valor.

En dicha denunciar Raúl, que es licenciado en derecho y ha ejercido como abogado en el turno de oficio, a pesar de no haber realizado indagación alguna y sin ni siquiera describir uno sólo de los objetos supuestamente sustraídos, manifestó no tener ninguna duda de que la cerradura la había cambiado su ex mujer Esther, atribuyéndole el hecho de realizarle ese tipo de coacciones desde hacía dos años. 

Como consecuencia de dicha denuncia en el Juzgado de Instrucción nº3 de Pamplona se incoaron el día 11 de agosto de 2010 las diligencias previas nº 3152/2010 que fueron archivadas por auto de sobreseimiento libre de 21 de diciembre de 2010 emitido tras haber sido escuchada doña Esther como imputada.

La cerradura del trastero de Raúl se cambió por orden de la comunidad de propietarios donde se encuentra ubicado el inmueble, pues había riesgo de inundación en uno de los pisos por una avería con una de las bajantes que atravesaba dicho trastero.

El acusado sabía que existían estos problemas con la bajante de su trastero desde el año 2002.

Conteste a las siguientes preguntas:

PSICOTÉCNICOS – Criterios de divisibilidad 2.

Publicado el 6/08/2020, en

En cada una de las cuestiones planteadas, se presentará ante usted un número, a partir del cual poniendo en práctica las REGLAS DE DIVISIBILIDAD conocidas, deberá de establecer si dicho número es DIVISIBLE entre los NÚMEROS 2, 3, 5, 9 y 11, contestando en su Hoja de Respuestas de la forma que se indica a continuación:

OPCIÓN A: Si el número es divisible ENTRE TODOS LOS NÚMEROS (2, 3, 5, 9 y 11).

OPCIÓN B: Si el número SOLO es divisible entre CUATRO DE LOS NÚMEROS (2,.3, 5, 9 y 11).

OPCIÓN C: Si el número SOLO es divisible entre TRES DE LOS NÚMEROS (2, 3, 5, 9 y 11).

OPCIÓN D: Si el número SOLO es divisible entre DOS DE LOS NÚMEROS (2, 3, 5, 9 y 11).

OPCIÓN E: Si el número SOLO es divisible entre UNO DE LOS NÚMEROS (2, 3, 5, 9 y 11).

SUPUESTO Nº 4. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

El Sr. Casamayor es diputado por el partido Nohaypolíticobueno en las Cortes Generales. La policía sospecha que el Sr. Casamayor ha estado llevando a cabo conductas constitutivas de delito de cohecho así que se abrieron investigaciones que dieron como resultado indicios de delito, por lo que se presenta ante la fiscalía y el juzgado competentes todas la documentación obtenida a fin de que se emprendan las oportunas acciones legales.

El juez apreciando que los hechos son delictivos, dicta auto contra el Sr. Casamayor y le cita para tomarle declaración en calidad de imputado por un presunto delito de cohecho.

Responda a las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 3. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

Adrián Caravieja es el encargado de la línea de servicio público de autobuses Granada-Murcia, que el día 19/05/2016 deniega la prestación del mencionado servicio al ciudadano nigeriano, Mimoune El Ouali, alegando que estamos en España y en su autobús solo pueden subirse los españoles.Tras la pertinente denuncia y procedimiento judicial, es condenado a 1 año de prisión y multa de 12 meses. Adrián se niega a pagar la multa, por lo que el juez le impone 182 días de responsabilidad subsidiaria por el impago de la multa.
Conteste a las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 2. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

El instructor de la Comisión Disciplinaria del CP de Picassent abrió expediente sancionador contra el interno Juan F.L. por hechos ocurridos el 13 de mayo de 2017, día en que el interno se dirigió a los funcionarios diciéndoles » no me gusta como hacéis vuestro trabajo, yo lo haría infinitamente mejor, además, os queda falta el uniforme». El instructor, tras realizar las averiguaciones pertinentes, propuso en la propuesta de resolución el sobreseimiento del referido expediente, por entender que no había responsabilidad disciplinaria en los mencionados hechos.

No obstante lo anterior, la Comisión Disciplinaria entendió que tales hechos no podrían quedar exentos de sanción e impuso al mencionado interno, por acuerdo de fecha 27 de julio de 2017 la sanción de privación de paseos y actos recreativos comunes de 15 días de duración por la comisión de una infracción grave del artículo 109 a) del Reglamento Penitenciario aprobado por RD 1201/1981 de 8 de mayo.

El interno formuló recurso contra la referida sanción. Responda a las siguientes cuestiones:

SUPUESTO Nº 1. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

La Comisión Disciplinaria del CP Albolote abrió expediente sancionador contra el interno Antonio S.L por hechos ocurridos el 21 de abril 2017, día en que el interno desobedeció las órdenes recibidas de los funcionarios y le fue encontrado un pincho durante una requisa de su celda. El instructor calificó los hechos como constitutivo de dos faltas graves, recogidas en los artículos 109 letras b) y f), respectivamente, del Reglamento Disciplinario aprobado por el RD 1201/1981, recogiendo para tales hechos en la propuesta de resolución sendas sanciones de privación de paseos y actos recreativos comunes de 30 días de duración cada uno de ellas.

La Comisión impuso el mencionado interno, por acuerdo de fecha el 7 de julio de 2017 la sanción de privación y actos recreativos comunes de 25 días de duración por la comisión de una infracción grave del artículo 109 b) y la sanción de 5 días de aislamiento en celda por la comisión de una infracción grave del artículo 109 f) del RD 1201/1981 de 8 de mayo, por hechos ocurridos el 21 de abril de 2017.

Si el interno formuló recurso contra la referida sanción. Responda a las siguientes cuestiones:

SIMULACROS INGLÉS – DIFICIL.

Publicado el 5/08/2020, en

Las siguientes preguntas corresponden a un nivel alto de B1 o B2.