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SUPUESTO Nº 1 TEMA 4 PENAL

El día 1 de febrero de 2018-, D. Julio Pico, drogodependiente de larga trayectoria, se inyecta su primera dosis del día y, acto seguido, sale de su casa a buscarse la vida para conseguir más droga.
D. Julio. lleva tiempo enganchado a la heroina, y ha cometido pequeños delitos para conseguir dinero para financiar su adicción, pero ha conseguido salir bien librado en todos los casos, por lo que carece de antecedentes penales.
Entra en un estanco (que al.mismo tiempo es despacho de loterías) para comprar tabaco. En el momento en que el único empleado le está vendiendo el tabaco a D. Julio, suena el teléfono en la trastienda, con lo que el empleado despacha apresuradamente a D. Julio y se dirige a coger el teléfono. Con las prisas, deja la caja registradora abierta, de lo que se da cuenta D. Julio, que rápidamente se apodera del dinero y sale del establecimiento.
A los pocos segundos, el empleado vuelve a su puesto y se da cuenta de lo que ha pasado, por lo que sale en persecución de D. Julio.
Éste va corriendo por la calle, y al doblar la esquina, tropieza. con D. Perfecto Cascarrabias jubilado que se encontraba dando su paseo matinal. Al ser atropellado por D. Julio, comienza un torrente interminable de protestas y trata de retenerle. D, Julio, nervioso y sabiendo que pueden estarle persiguiendo, le sacude una fuerte patada en un tobillo y continúa su huida, dejándo al abuelete tirado en el suelo.
Poco después, tiene la mala fortuna de resbalar en una piel de plátano y cae también al sucio, siendo alcanzado por el empleado del estanco, que consigue sujetarle. A la trifulca que se ocasiona, acude un Policía Local que pasaba por allí y detiene a D. Julio.
Tiempo después, es juzgado y considerado culpable de un delito de hurto (por el que se le impone 1 año de prisión) y un delito de lesiones (tuvo la mala suerte de romperle el tobillo al Jubilado), por el que se le imponen 3 años de prisión.
En el momento de ser sentenciado, D. Julio lleva ya un tiempo sometido a un tratamiento de desintoxicación.

SUPUESTO Nº 3 TEMA 9 PENITENCIARIO

En el establecimiento penitenciario polivalente de Madrid X se encuentran ingresados los internos Ataulfo y Alarico. Ataulfo, que lleva exactamente 4 años y 3 meses en prisión preventiva por esta su única causa, acaba de ser condenado a cinco años y un día de prisión por un delito contra la indemnidad sexual de una niña de 12 años. El testimonio de sentencia se recibe en el establecimiento el día 2 de enero de 2017. Alarico se presentó el mismo día 2 de enero de 2017 para el cumplimiento de una pena de 18 meses de prisión donde se presentó con su abogado y su copia del testimonio de sentencia. Fue su primer ingreso en un establecimiento penitenciario Ataulfo y Alarico resultan ser clasificados inicialmente en segundo grado por el órgano administrativo competente para dictar la resolución firme. El 6 de junio de 2017 se decreta prisión preventiva para Ataulfo por una nueva causa tras haber sido acusado de un nuevo delito tras un análisis de ADN. El 24 de junio de 2017 se revisa la clasificación de Alarico no considerando la Junta de Tratamiento que éste se encuentre capacitado para vivir en semilibertad y, por lo tanto, decidiendo su continuidad en segundo grado. Alarico decide recurrir la decisión y el JVP la estima y le concede el tercer grado mediante auto del 1 de agosto de 2017 pasando a la Sección Abierta del mismo establecimiento. Durante la primera salida de fin de semana Alarico es detenido por conducción temeraria

SUPUESTO Nº 3 TEMA 10 PENITENCIARIO

En el establecimiento penitenciario de Madrid X se prepara una salida programada para el módulo 13, que está organizado basándose en el principio de comunidad terapéutica. La salida, de 3 días de duración, pretende recorrer tres etapas de la ruta transpirenaica GR11. Se propone la participación de los siguientes internos: Interno                                   Clasificación Rodolfo                                   Segundo grado Eduardo Ezequiel                 Tercer grado Ataulfo Carmelo                    Tercer grado Cristofer Jesús                       Segundo grado Genaro                                     Segundo grado con características del tercero por aplicación art. 100.2 Jacinto                                     Tercer grado. Los técnicos del módulo 13 tienen dudas que se les vaya a aprobar la salida a Eduardo Ezequiel, Ataulfo Carmelo y Cristofer Jesús, pues cometieron el delito como integrantes de la organización criminal DDP. Finalmente todos los internos reciben la aprobación y autorización precisas para que la salida se desarrolle.

SUPUESTO Nº 2 TEMA 10 PENITENCIARIO

En un Centro Penitenciario de cumplimiento de régimen ordinario se encuentra internado Juan H., que presta una colaboración activa en su proceso de reinserción y que solicita su traslado a otro Centro Penitenciario donde pueda desarrollar una actividad laboral de acuerdo con sus aptitudes. Ricardo F. lleva varios meses clasificado en segundo grado y en fechas próximas será revisada su clasificación penitenciaria, lo que le mantiene intranquilo por si su situación variara. La Junta de Tratamiento acuerda la clasificación inicial de Antonio P., el cual solicita de su abogado que le informe sobre el curso que sigue dicho proceso, teniendo en cuenta que su condena no alcanza un año de privación de libertad, es primario en la actividad delictiva y observa buena conducta. Se encuentra destinado en este mismo Centro un penado de nacionalidad colombiana que no está conforme con la revisión de su clasificación penitenciaria y entiende que los miembros del Equipo Técnico sienten animadversión por su caso, por lo que solicita ser estudiado por otros especialistas.

SUPUESTO Nº 1 TEMA 10 PENITENCIARIO

En el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza) se encuentran cumpliendo condena los siguientes internos: INTERNO-A, condenado por un delito de violación a la pena de 15 años. Actualmente se encuentra clasificado en segundo grado de tratamiento y disfrutando habitualmente d.e permisos ordinarios. Tiene las dos terceras partes de la condena cumplida. INTERNO-B, condenado por un delito contra la salud pública a una pena de 8 años. Actualmente se encuentra clasificado en primer grado de tratamiento, en el Módulo de régimen cerrado del Establecimiento de Zuera, procedente de un centro de régimen ordinario. Tiene una sanción grave sin cancelar.

SUPUESTO Nº 2 TEMA 9 PENITENCIARIO

El interno FRE penado a dieciocho años de prisión, cumple condena por un delito de asesinato en el Centro Penitenciario de XYZ. La sentencia se falla el 16/01/18 por hechos cometidos el 10/07/17. En el Centro Penitenciario se recibe testimonio de sentencia el 01/02/18. Para efectuar el proceso de clasificación inicial, el psicólogo del Centro Penitenciario cita al interno a efectos de entrevista y realización de técnicas de estudio de su personalidad. El interno acude a su despacho, pero rechaza la entrevista. Por estos hechos se le abre un expediente disciplinario declarando la Comisión Disciplinaria, tras el oportuno procedimiento sancionador, la existencia de falta muy grave del Art. 108 d) del Reglamento Penitenciario de 1981. Se le impone una sanción, que recurre el interno. La Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario acuerda en su sesión de 26/02/18 clasificarle inicialmente en segundo grado de tratamiento y destino en el Centro Penitenciario de XYZ. La autoridad competente para decidir en materia de clasificación, resuelve en el sentido propuesto por la Junta de Tratamiento en fecha 18/03/18.

SUPUESTO Nº 1 TEMA 9 PENITENCIARIO

Jaume Metepatas es un interno que a las 20 horas del día 15 de marzo de 2018 ingresa voluntariamente en el Centro Penitenciario de Daroca (Zaragoza) para cumplir una condena de seis años de prisión por un delito de estafa. A su ingreso, portaba una copia del testimonio de sentencia correspondiente a la causa por la que figura condenado así como la documentación personal acreditativa de su identidad, de tal forma que no se planteó ningún problema para su admisión conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Reglamento Penitenciario. Dentro de las 72 horas siguientes a su ingreso, el Director del Centro solicitó al Tribunal Sentenciador el testimonio de sentencia y la liquidación de condena, recibiéndose, vía fax, a las 13,30 horas del día 18 de marzo del 2018. (Por parte de la Oficina de Gestión del Centro se hicieron las comprobaciones necesarias para verificar la autenticidad de la documentación). Transcurrido mes y medio desde su ingreso, concretamente el 30 de abril de 2018, la Junta de Tratamiento, previo estudio del interno, formula propuesta de clasificación inicial en 2° grado de tratamiento, en acuerdo adoptado por mayoría de sus miembros, con el único voto discrepante del Educador quién considera que, en atención al tipo de delito no violento, a la primariedad delictiva y a la presentación voluntaria del condenado, lo procedente hubiera sido la clasificación inicial en tercer grado. El protocolo de clasificación penitenciaria contiene la propuesta razonada de grado y de destino al mismo Centro de Daroca y se remite al Centro Directivo el 16 de mayo de 2018. La propuesta tiene entrada en el registro de la Secretaría General de Instituciones Penitenciaria el 20 de mayo de 2018, dictándose resolución, de forma escrita y motivada, con fecha 18 de julio de 2018, clasificando al interno en 2° grado de tratamiento y manteniendo su destino en el Centro Penitenciario de Da roca. Transcurrido el plazo máximo establecido reglamentariamente, el interno vuelve a ser estudiado por la Junta de Tratamiento que, al revisar su clasificación, decide mantenerle en segundo grado. Esta decisión no satisface a Jaume que, asesorado por su abogado, decide recurrir el acuerdo de la Junta al Juez de Vigilancia Penitenciaria y, por si acaso, solicita también que la próxima revisión de clasificación la efectúe la Central Penitenciaria de Observación.

SUPUESTO Nº 2 TEMA 3 OEAP

D. Fulgencio García es, lo que puede decirse, un político de raza. Ha ocupado diversos puestos en la Administración General del Estado, a saber, fue Subsecretario del Ministerio de la Presidencia; posteriormente, Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura; más tarde Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación del Ministerio de Fomento y, por último, Secretario de Estado de Educación y Profesional del Ministerio de Educación.
Sin embargo, su «currículum» no termina ahí, ya que también ocupó el cargo de Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Murcia y, actualmente, es Director Insular en Menorca, en lo que considera un «apetecible» retiro.

SUPUESTO Nº 1 TEMA 3 OEAP

D. Mariano Rodríguez Carpintero, es el candidato propuesto por el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, para ser investido Presidente del Gobierno.
D. Mariano expone su programa político y solicita la confianza del Congreso de los Diputados, pero como su victoria electoral ha sido muy «pírrica», en la votación de investidura no consigue la mayoría necesaria, por lo que a las 48 horas se celebra una nueva votación en la que resulta investido Presidente tras obtener la mayoría exigida de los votos de los Diputados.
La primera empresa que D. Mariano acomete tras su nombramiento es la de reestructurar los Departamentos Ministeriales y las distintas Secretarías de Estado, paso previo para efectuar el nombramiento de quienes van a ser sus titulares.
Una vez conformado el Gobierno, D. Mariano decide también crear nuevos órganos directivos en algunos Departamentos Ministeriales y suprimir otros.
Se celebra la primera reunión del Consejo de Ministros, a la que asiste el Gobierno en pleno, formado por el Presidente, dos Vicepresidentes y diecisiete Ministros. Quedan también conformados los distintos órganos de colaboración y apoyo del Gobierno.

SUPUESTO Nº 4 TEMA 8 PENITENCIARIO

Juan José Ojeda es un interno de 20 años de edad que se encuentra en el Módulo 10 del Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza) destinado a albergar a internos penados en régimen cerrado bajo la modalidad prevista en el artículo 91.2 del Reglamento Penitenciario. Concurre además la circunstancia de que Juan José está incluido en el Fichero de Internos de Especial Seguimiento, colectivo FIES-2, por su pertenencia a un grupo de delincuencia organizada. La primera revisión de su clasificación en primer grado, asi como de la modalidad de vida que tiene aplicada, se efectuó el 6 de junio de 2018, siendo el acuerdo de la Junta de Tratamiento el de mantenimiento tanto del grado como de la modalidad, con el único voto en contra del Subdirector Jefe del Equipo de Tratamiento del Centro de Inserción Social «Las Trece Rosas», dependiente del Centro. Penitenciario de Zuera. Efectuada la segunda revision trimestral, el acuerdo adoptado es idéntico en cuanto al mantenimiento de grado y modalidad, si bien, en esta ocasión, por unanimidad de los miembros de la Junta de Tratamiento. Notificada la revisión al interno, éste decide hacer uso expreso del derecho previsto en el articulo 105.2 del Reglamento Penitenciario.