Pedro Pablo León Jaramillo fue condenado por un delito de hurto. Tras una trayectoria penitenciaria excelente, es clasificado en tercer grado con aplicación del artículo 82.1 del Reglamento Penitenciario. Se encuentra interno en el Centro Penitenciario Murcia I, a pesar de ser de Segovia. El 22 de octubre de 2016 disfruta de una salida de fin de semana pero no reingresa cuando debe. Tres meses más tarde reingresa voluntariamente en el Centro Penitenciario Murcia II, alegando que pensaba que le habían dado la libertad definitiva, hasta que su abogado lo llamó para informarle que tenía que haber reingresado, e inmediatamente fue lo que hizo.
Tras el reingreso, se le clasifica en segundo grado de tratamiento. Pedro Pablo, enfadado por pensar que los funcionarios no habían creído su historia, intenta fugarse violentamente aprovechando una salida al hospital. Por este hecho se le traslada a un establecimiento de régimen cerrado, donde se le clasifica en primer grado de tratamiento.
En la unidad psiquiátrica del Centro Penitenciario Albolote se establece una programación general de actividades rehabilitadoras, así como programas individuales de rehabilitación para cada paciente, en aplicación del artículo 189 del Reglamento Penitenciario y del artículo 68.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
Concretamente, el interno Miguel PP que se encuentra sujeto a una medida de seguridad por un delito de lesiones y por el que se le decretó un internamiento judicial, lleva a cabo una salida terapéutica para realizar una actividad específica. La salida consiste en la asistencia 2 museos de la ciudad.
En el Centro Penitenciario «El Edén», se dan las siguientes circunstancias. En el módulo de respecto (MdR), seis internos forman un grupo de comunidad terapéutica, en el cual se realizan trabajos con el cuero para fomentar la marroquinería. A los dos días de formar el grupo, los internos Arkal, Khalid, Salah y Mohamed mantienen una discusión, con intercambios de insultos. Al iniciar el grupo, la Junta de Tratamiento dispone de un presupuesto inicial, con el que compra piel de borrego, agujas y dos bobinas de hilo.
Al mismo tiempo, en este extraño centro, se produce una salida programada. Dicha salida consiste en visitar el Museo del Prado, durante 5 horas, los afortunados son los internos Juan Moreno, interno penado clasificado en tercer grado, Filipe Luigi, interno penado clasificado en segundo grado y Adrián Montoro, interno preventivo permaneciendo en régimen ordinario.
Por otro lado, el interno Fernando Alcaraz estando en situación de preventivo sigue un programa de deshabituación a las drogas ya que su adicción se remonta desde su infancia. El interno en un principio no está del todo conforme con el programa, aunque finalmente accede.
Por último, Juan Gambín y Jose López, internos penados clasificados en segundo grado de tratamiento penitenciario, acuden de lunes a viernes de 17.00 a 20.00 horas a una institución del exterior llamada «El Paraiso», para la realización de un programa concreto de atención especializada, ya que ambos internos presentan un perfil de baja peligrosidad social y no ofrecen riesgo de quebrantamiento de condena.
Usted desarrolla servicio en dicho centro, y un amigo suyo, muy curioso le formula las siguientes preguntas:
El 30 de abril de 2016 se recibe en el Centro Penitenciario Huelva, testimonio de sentencia, por la que se condena al interno Adrián GH, a un año de prisión por un delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal y 120 días como responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.
La Junta de Tratamiento se reúne en sesión extraordinaria el viernes 1 de julio de 2016, y acuerda por unanimidad formular ese mismo día propuesta de clasificación inicial de tercer grado al concurrir favorablemente calificadas las variables de su historial delictivo y su integración social, al Centro Directivo y como centro de cumplimiento el Centro Penitenciario de Almeria.
Felipe Sánchez ingresa en calidad de preso preventivo el 12 de septiembre de 2017. Meses más tarde, tras haber salida a juicio/diligencias casi una decena de veces, es condenado a una pena de prisión de 3 años y medio por un delito de robo con violencia.
Felipe en su estancia en prisión en calidad de preventivo, ha ido observando el tratamiento que se les daba a los internos penados, lo que le lleva a la conclusión de que no es efectivo, además de que la mayoría de los funcionarios que interfieren en el mismo, son poco profesionales.
Felipe, igualmente piensa que en los pocos casos que el tratamiento penitenciario es efectivo, siempre falla en el último tramo, que es cuando el interno sale en libertad, puesto que en ese momento es cuando finaliza la relación jurídico-penitenciario con el interno, y es en ese momento cuando más necesita de apoyo social.
Por todo lo expuesto, una vez que Felipe es condenado, se acerca a la oficina del módulo donde está ingresado, y le pregunta a usted como funcionario de IIPP, las siguientes cuestiones.
A las 11.00 horas del 11/09/2017 ingresa en el Centro Penitenciario Almeria y en calidad de preventivos el interno Pedro Pablo León Jaramillo por un supuesto delito de robo con violencia. El 25 de octubre de 2017 se recibe en el Centro Penitenciario el Testimonio de Sentencia, donde se le condena a una pena de 5 años de prisión.
En la sesión ordinaria del 21 de diciembre de 2017, la Junta de Tratamiento acuerda por unanimidad la propuesta de clasificación inicial en segundo grado de tratamiento. Se recibe en la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social la propuesta realizada por la Junta de Tratamiento el 29 de diciembre de 2017.
El 16 de enero de 2018, se recibe en el Centro Penitenciario un mandamiento de prisión del Juzgado de Instrucción número 2 de Almeria, decretando prisión provisional a Pero Pablo por un supuesto delito de homicidio en grado de tentativa.
Pedro Pablo León Jaramillo, con tan solo 20 años de edad, ingresa por primera vez en su vida en el Centro Penitenciario Murcia I, que es un centro de preventivos. A los 30 días del ingreso es condenado a 16 meses de prisión por un delito de robo con fuerza.
Pedro Pablo desde el primer momento del ingreso observa muy buena conducta, demuestra alto grado de madurez y equilibrio personal. Además, su familia viene a visitarlo todas semanas.