SUPUESTO Nº 1 TEMA 7 PENITENCIARIO

Por primera vez, el Reglamento Penitenciario , en su artículo 10.1, proporciona una definición de Establecimiento Penitenciario como «una entidad arquitectónica, administrativa y funcional propia». De los distintos tipos de Establecimientos Penitenciarios trata la Ley Orgánica General Penitenciaria, en los artículos 7 a 11, diferenciando entre Establecimientos de Preventivos, Establecimientos de Cumplimiento de Penas y Establecimientos Especiales, con las precisiones que, al respecto, se realizan también en el vigente Reglamento Penitenciario al clasificar los establecimientos de régimen abierto e introducir el concepto de Establecimiento Penitenciario Polivalente. Las distintas clases de Establecimientos Penitenciarios observan unas características de ámbito general comunes a todos ellos y otras de carácter particular en base al tipo de régimen de que se trate y de la personalidad de los internos que albergan.