SUPUESTO Nº 2 TEMA 11 PENITENCIARIO

En el Centro Penitenciario de Daroca (Zaragoza) se abre un taller de manipulados (componentes eléctricos para automóviles) para realizar un trabajo concreto durante el plazo de un año. Se ofertan 25 puestos de trabajo destinados, exclusivamente, para penados clasificados en segundo grado. Entre los internos elegidos se encuentran Daniel, Ángel, Pablo, Germán y Eusebio. Al mes de iniciarse el funcionamiento del taller, en el puesto de trabajo ocupado por Daniel, se instala una aplicación informática que, conectada a una máquina, tiene como finalidad gestionar el control de calidad de las piezas ensambladas. Lo intenta durante una semana, pero la informática no es su fuerte y comete sucesivos errores. Daniel solicita volver al procedimiento anterior efectuando el control de calidad personalmente prescindiendo de la informática, pero los responsables del taller no acceden a esa solución. Ante esta negativa, Daniel plantea terminar con la relación laboral, pero no existe acuerdo en la causa que debe fundamentarla. Cuando lleva diez meses trabajando en el taller, Ángel, cuya valoración en el trabajo es muy positiva, es trasladado al Centro Penitenciario de Pamplona, por motivos familiares, y al objeto de cumplir los dos meses de condena que le quedan. Se da la coincidencia que en el Centro Penitenciario de Pamplona existe otro taller de manipulados gestionado en colaboración con la misma empresa que en Daroca. Pablo es un buen trabajador y en el taller de manipulados está muy bien considerado, aunque su conducta deja mucho que desear siendo reiteradamente sancionado por la comisión de faltas disciplinarias. Por ello, la Junta de Tratamiento se reúne para adoptar un acuerdo respecto de la relación laboral de Pablo. A Germán se le diagnostica una neumonía, aconsejándole el médico que deje de trabajar en el taller al menos durante dos meses. Por ello, le firma una baja por incapacidad temporal de 15 días, que se irá renovando hasta los dos meses. Eusebio no se encuentra contento con su trabajo en el taller, pero no quiere dejarlo definitivamente, sino procurar que se proceda a una suspensión de la relación laboral especial penitenciaria, por si, tras un breve descanso y, si no encuentra otra ocupación mejor, le interesa incorporarse de nuevo al taller. Con tal motivo, se estudia el Real Decreto 782/2001, para ver la causa que puede alegar para que se suspenda su relación laboral.