SUPUESTO Nº 3 TEMA 16 OEAP

El Sr. Bustamante solicito, el 2 de mayo de 2018, del Ayuntamiento de Calatayud, una subvencion para desarrollar una actividad cultural, remitiendo su escrito a la Concejalia-Delegada de Cultura, que se declaró incompetente, devolviendo el escrito al Registro General del Ayuntamiento.
Por el Registro, a la vista de lo anterior, se envió la solicitud a la Concejalia-Delegada de Turismo, también del Ayuntamiento que, asimismo, se declaró incompetente, devolviendo el escrito al citado Registro, cuyo responsable lo remitio directamente al Alcalde, quien resolvio sobre estos pormenores.
Al tramitarse la solicitud, se abrio un periodo de informacion pública de diez días, dado el interes general de la actividad a desarrollar, presentándose una alegación de la Asociación Cultural «Francisco de Goya», de la ciudad, oponiendose a la concesion de la misma, toda vez que a ella se le habla denegado la subvencion en otra ocasion para una actividad similar.
El organo competente, sometió esta alegación a informe del servicio juridico del Ayuntamiento, que lo evacue, en el plazo de tres meses, proponiendo la estimación de la alegación, pese a lo cual, el citado organo concedió la subvención, comunicandoselo asi al interesado y archivando el expediente. Al tener conocimiento de esta concesion, con motivo del desarrollo de la actividad, en cuyos carteles anunciadores se indicaba el patrocinio del Ayuntamiento, la Asociacion Cultural «Francisco de Goya» recurrio el acto, notificandosele la inadmisibilidad del mismo por no ser parte interesada, sin especificacion de que otro recurso era posible contra la desestimación.