Una vez que ha prosperado la iniciativa del proceso autonómico en una Comunidad Autónoma conforme al artículo 143 de la Constitución Española (Vía Normal/ u Ordinaria), se procede a la elaboración de los Estatutos para completar el proceso autonómico.
Los miembros de una Asamblea encargada de elaborar el Estatuto tuvieron bastantes desacuerdos sobre el mismo. Se tuvieron que poner de acuerdo en la denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica, la delimitación de su territorio, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias, las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas y la sede de la Delegación del Gobierno.
Una vez aprobado el proyecto de Estatuto por la asamblea, sigue la tramitación pertinente hasta que finalmente es aprobado como Ley Orgánica por las Cortes Generales.
Cuando queda constituida la Comunidad Autónoma, asume ciertas competencias de las que puede asumir. Pasados ciertos años, asume estas competencias delegadas por la Administración Central. Ésta, detecta que la Comunidad Autónoma no ejerce correctamente dichas funciones por lo que lo pone conocimiento del Presidente para que adopte las medidas oportunas.
Para hacer frente a los gastos que tiene que afrontar la Comunidad Autónoma, solicita del Estado la cesión de partes de los impuestos estatales de los contribuyentes de su territorio, y al mismo tiempo establece impuestos exclusivamente autonómicos.
Contesta a las siguientes preguntas: