En un centro penitenciario francés se encuentra interno para cumplir una condena de dos años de prisión un súbdito belga, un tal Bernard Sand. El régimen penitenciario francés tiene fama de ser bastante duro y Bernard lo comprueba personalmente por lo que al enterarse de que existe un convenio en Europa, el llamado Convenio de Estrasburgo, que le permite segur cumpliendo la condena en su país de nacimiento, inicia toda la tramitación necesaria para lograr salir de Francia y seguir cumpliendo su condena en Bélgica.
Consigue que se le autorice el traslado. Estas gestiones suelen ser bastantes costosas, porque deben realizarse con la mayor urgencia posible debido a la premura de tiempo. El Gobierno francés se ha gastado ocho mil euros solamente en la tramitación de régimen interno, ascendiendo el resto de gastos originados por el traslado y estancias a catorce mil euros, que ha tenido que pagar el Gobierno belga.
Una vez en su país natural, es aconsejado por un compañero de reclusión de que por sus condiciones particulares debería solicitar un indulto particular porque tiene bastantes posibilidades de que se le conceda y, en el caso de que no se le concediera el indulto, teniendo en cuenta que respecto al delito cometido la ley penal francesa es bastante más estricta que la ley penal belga debería plantearse solicitar una revisión de la condena alegando, además de la diferencia existente en ambas legislaciones, determinados hechos acaecidos después de la firmeza de la sentencia.
Nada más ser excarcelado por la libertad, Bernad vuelve a ser detenido por la policía belga, ya que se encuentra en busca y captura por otros delitos cometidos antes de su visita a Francia.
Teniendo en cuenta las normas generales del Convenio de Estrasburgo, se pide contestar a las siguientes preguntas: