Pedro Pablo León Jaramillo ingresa el 1 de febrero de 2003 en el Centro Penitenciario Murcia II en calidad de penado, para cumplir una pena de un año, dos meses y un día de prisión, impuesta conforme al Código Penal de 1973.
Consta que por dicha causa estuvo en situación de preventivo desde el 24 de diciembre de 1994 al 12 de enero de 1995.
Para las posibles preguntas del supuesto, hay que tener en cuenta que el penado redime penas por el trabajo desde su ingreso en calidad de penado, y también el tiempo que estuvo preventivo (redención ordinaria).
Conteste a las siguientes preguntas: