Vacante el cargo, por expiración del plazo de su nombramiento, Arturo Marco, registrador de la propiedad y afiliado al P.S.O.E. desde 1977, se postula como candidato para ser elegido Defensor del Pueblo.Tras ser propuesto por la Comisión Mixta Congreso-Senado de Relaciones con el Defensor del Pueblo, se inicia el procedimiento para su designación, obteniendo una votación favorable en el Congreso poda mayoría exigida pero no siendo ratificado en el Senado por la misma mayoría.
Convocada de nuevo la Comisión Mixta, se consigue finalmente que Arturo sea designado Defensor del Pueblo y que elija a sus Adjuntos, previa conformidad de las Cámaras.
En el ejercicio de sus funciones, la conducta de Arturo deja mucho que desear actuando con notoria negligencia cu el cumplimiento de sus obligaciones; tanto es así,. que a los ocho meses de su nombramiento las Cámaras se plantean la posibilidad de su cese. Sin embargo, antes de que pueda decidirse sobre este extremo, Arturo es sorprendido, en la propia sede de la institución, agrediendo sexualmente a una de sus asesoras, previa denuncia a la policía formulada por el Adjunto Primero.
Tras la celebración de elecciones legislativas generales el 01-02-2018, con fecha 16-03-2018, Milagros Martín es convocada a la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados tras haber resultado elegida parlamentaría por la circunscripción electoral de Zaragoza.
Una vez instalada en Madrid, entabla amistad con Juan José Rubio, senador zaragozano designado por las Cortes de Aragón de la que es, al mismo tiempo, parlamentario autonómico.
La actividad parlamentaria a lo largo del 2018 está siendo frenética, pues han sido bastantes los proyectos y proposiciones de Ley presentados. Merece destacarse la aprobación en los meses de abril y mayo de las siguientes disposiciones legislativas:
– Ley orgánica de modificación del Código Penal en materia de delitos contra la Administración de Justicia. en virtud de proposición de ley presentada por la vía de la iniciativa legislativa popular.
– Ley ordinaria por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por las inundaciones y otras catástrofes naturales ocurridas en varias Comunidades Autónomas.
– Ley ordinaria por la que se autoriza la refundición de varios textos legales relativos al régimen especial de Seguridad Social de los empleados públicos, en uno sólo.
Aunque pertenecen a grupos parlamentarios distintos (Milagros es del grupo parlamentario socialista y Juan José del grupo parlamentaria popular), cada vez pasan más tiempo juntos e incluso programan marcharse juntos de vacaciones la última semana del mes de junio aprovechando que ya ha finalizado el periodo ordinario de sesiones de ambas Cámaras.
Su Majestad D. Juan Pedro II, rey de España, que cuenta con ochenta y dos años de edad, comienza a dar síntomas de cierta perturbación mental. Sus últimas actuaciones han resultados muy polémicas, lo que podría llevar a las Cortes Generales a reconocer la inhabilitación del monarca para el ejercicio de su autoridad. No obstante, la opinión mayoritaria es que, no en todos los casos que se plantean a continuación, el Rey ha estado desacertado, sino que en algunos de ellos ha ejercido correctamente su responsabilidad. ·
Se pide al opositor que revise dichas actuaciones y, a la vista de las mismas, verifique si su Majestad puede contar todavía con la confianza de las Cortes o, por el contrario, ha quedado más que demostrada su falta de cordura.
En la Comunidad Autónoma de Galicia se han venido produciendo diversos incendios forestales de gran magnitud, los últimos de los cuales han afectado directamente a núcleos urbanos que han resultado también incendiados, produciéndose una situación de grave alteración de la normalidad y viéndose seriamente dificultados los servicios esenciales de la comunidad. El Presidente de la Comunidad Autónoma ha solicitado del Gobierno de la nación la declaración del estado de alarma.
Por otra parte, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, motivado por la crispación laboral existente dado el elevado número de personas que se encuentran en paro, se están viviendo continuos ataques violentos a las sedes de lass instituciones autonómicas y locales que están causando importantes deterioros en los correspondientes inmuebles. Además, se está convirtiendo en habitual que los instigadores acudan a las sesiones de los plenos de los Ayuntamientos más importantes de la Comunidad e impidan que puedan celebrarse con normalidad, protagonizando continuos incidentes con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado hasta proceder a su desalojo. Ante esta situación, el Gobierno de la nación se plantea la declaración del estado de excepción.
D. Juan Carlos Mendoza es un ciudadano boliviano que desea constituir en nuestro país una asociación de carácter cultural-recreativo. Para ello cuenta con el acuerdo de otras tres personas físicas de la misma nacionalidad y presenta la documentación exigida por la Ley Orgánica l/2002, de 22 de marzo, pero a la hora de obtener la aprobación definitiva, su solicitud es denegada por la autoridad administrativa correspondiente ton el pretexto de que es u na asociación sin objeto social definido.
Posteriormente, D. Juan Carlos inicia los trámites para constituir una fundación, obteniendo también una negativa administrativa, en este supuesto por ser de nacionalidad boliviana.
Tras agotar la vfa judicial ordinaria sin éxito, D. Juan Carlos decide recurrir en amparo ambas resoluciones denegatorias, por entender vulnerados sus derechos fundamentales.
La Sección correspondiente del Tribunal Constitucional no admite a trámite el recurso relativo a la vulneración del derecho de fundación. Posteriormente, el Pleno del Tribunal Constitucional denegará, en sentencia, el amparo solicitado relativo al derecho de asociación.
Es sábado, 21 de noviembre de 2015, y en el departamento de comunicaciones del establecimiento penitenciario de MADRID X comienza la actividad.
El encargado de comunicaciones les recuerda a sus compañeros de servicio en el departamento que hoy el Jefe de Servicios le ha indicado, a instancias del Subdirector médico que está de incidencias, que desea que se cumplan las normas en vigor de forma estricta.
El horario, establecido por el Consejo de Dirección, para las comunicaciones orales será el siguiente:
09:30 MODULOS 1 y 2
10:30 MODULOS 11 y 12
11:30 MODULOS 3 y 4
12:30 MODULOS 9 y 10
15:30 MODULOS ENFERMERIA E INGRESOS
16:30 MODULOS 5 y 6
17:30 MODULOS 7 Y 8
18:30 MODULO FIES IV
Dada la lejanía del establecimiento el Consejo de Dirección ha determinado que se acumulen en una sola las dos comunicaciones orales a las que tienen derecho los internos.
A las 14:45 se comienza por parte de los funcionarios de servicios a identificar a los familiares de los visitantes de las 15:30. A RR, que reside en el departamento de Enfermería, vienen a visitarle su padre, su madre y dos amigos.
A las 15:15 el funcionario de comunicaciones informa al departamento de Enfermería, que ha de comunicar oralmente, entre otros, RR por lo que se requiere su presencia en locutorios. El subdirector médico, que en esos momentos está atendiendo precisamente a RR, determina, debido a que lleva varías días muy grave, que sean los visitantes quienes entren hasta la enfermería para proceder a la visita reglamentaria. El Subdirector decide que la visita tendrá una duración máxima de 10 minutos y se realizará sin vigilancia especial. Los visitantes de RR se extrañan de la situación porque nadie les había advertido de la gravedad del estado de RR. Además se quejan de la corta duración de la visita.
El uno de enero de cualquier año es uno de los días más tranquilos en los establecimientos penitenciarios. Así, la mañana del uno de enero de 2016 en el Centro Penitenciario de Madrid X no es distinta. Las pocas actividades que hay se desarrollan plácidamente y los internos están tristes y a la vez satisfechos por haber degustado un menú especial.
Por la tarde a las 16:30 horas se abren los departamentos y se inician las actividades de la tarde.
A los pocos minutos se notifica a Jefatura de Servicios que se persone el titular urgentemente en el ala de preventivos del módulo de enfermería pues en la celda nº 45 que se encuentra ocupada por los internos AAA, BBB y CCC, no se pueden levantar aduciendo que se encuentran muy enfermos, notificándose la situación a los servicios médicos del centro.
El Jefe de Servicios se persona en el citado módulo, y acompañado por el Encargado del Departamento, se desplazan a la celda 45, donde se encuentran con otro funcionario y los servicios médicos, que le indican que los internos sufren una infección de tipo vírico y que es posible que sea contagiosa.
El día 6 de abril de 2013, causa alta en la Enfermería del Centro Penitenciario de Madrid-V, el interno Malaquías Martín aquejado de un fuerte dolor de estómago. El facultativo que le atiende considera que se trata de una manifestación de la enfermedad que padece, «hipertensión portal», que aparece diagnosticada como tal en su historia clinica. Pese a la gravedad de la enfermedad, el médico considera suficiente, por el momento, con el ingreso en la Enfermeria y el reposo absoluto del interno, no estimando necesaria la asistencia hospitalaria extrapenitenciaria.
El domingo, día 11, se presentan los padres y dos hermanos a comunicar con el interno, momento en que son Informados del estado en que éste se encuentra así como de su imposibilidad de desplazarse al locutorio general para comunicar al tenerlo prohibido por el médico. El Director autoriza a los padres, pero no a los hermanos, a que vísiten a su hijo en la Enfermeria.
Enterados dos amigos íntimos del interno de su grave enfermedad, el miércoles siguiente se presentan en el Centro Penitenciario para visitarle. El Director no les permite comunicar, alegando que los días de visitas, según lo dispuesto en el Reglamento Penitenciario, son los fines de semana y no los días laborables. El sábado se presentan otros dos allegados para comunicar y el Director autoriza solamente a uno de ellos, ordenando, además, que la visita sea sometida a vigilancia por un funcionario. Ante esta condición de vigilancia, el interno se niega a comunicar con su amigo, no celebrándose la visita.
Pasados unos días, el estado de salud del interno empeora y comienza a sangrar por el aparato digestivo, por lo que el médico informa de la necesidad de que sea trasladado a un Hospital extra penitenciario para su intervención por un especialista con carácter de urgencia. El Director ordena el traslado del enfermo al Hospital más cercano al Centro Penitenciario.
Una vez que el interno es ingresado en el Hospital, el Director del Centro Penitenciario lo comunica a sus familiares. Inmediatamente se presentan en el Hospital los padres del interno y los dos allegados íntimos que fueron a visitarle cuando se encontraba en el Centro Penitenciario. Se permite que le visiten el padre y la madre y a continuación los dos allegados íntimos, durante el horario que tiene establecido el Hospital con carácter general para todos los enfermos. Al día siguiente, se acerca.al Hospital un amigo del interno, siendo también autorizada esta visita.
El Director de un Centro Penitenciario recibe un informe del médico del Centro en el que indica la urgencia del traslado de un interno a un hospital no penitenciario de la localidad. Este es un interno preventivo.
El Director ante la urgencia del caso, ordena al funcionario de Rastrillo, que acompañe al interno basta que llegue la Fuerza Pública que lo custodie. Este funcionario se niega a ello, y el Director ordena a otro funcionario la realización de ese cometido, que obedece sin decir nada al respecto, y regresando al Centro una vez que se han presentado en el Hospital los efectivos de la Policía Nacional haciéndose cargo de su custodia
Generoso Bueno es miembro del Consejo Social Penitenciario en representación de Proyecto Hombre», entidad que participa de forma destacada en la realización de programas de reinserción social en los Centros Penitenciarios, en concreto, de deshabituación de drogodependencias.
Además de Generoso, también es vocal del Consejo otra persona de la misma entidad social.
Está convocado a una reunión para el próximo día 11 de noviembre de 2014, reunión que se celebra a petición de la cuarta parte de los miembros del Consejo, figurando entre los asuntos del Orden del día, un proyecto normativo que la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias va a presentar relativo a la regulación del contenido y duración de los programas de intervención que las ONG ‘s y entidades sociales pretendan desarrollar en los Establecimientos Penitenciarios a partir del año 2.015.
Generoso ha planificado que no formará parte del Consejo más de ocho años seguidos, ya que, al asumir también la Secretaría – y no estar retribuido por ello – dedica demasiado tiempo a las actividades altruistas en detrimento de su dedicación a la familia.